Sancionan a un funcionario del Ayuntamiento con cuatro meses sin sueldo por no querer fichar con su huella
Mar 18th, 2008 | Por consultor | categoria: SANCIONESEl empleado público considera que este sistema de control afecta a las libertades individuales.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alicante aprobó ayer una propuesta de sanción contra un funcionario de cuatro meses sin empleo ni sueldo. ¿La razón? Que el empleado municipal se niega a fichar utilizando su huella, tal y como hacen la totalidad de los trabajadores de las diversas dependencias municipales.
Hace más de un año, el Ayuntamiento decidió acabar con el sistema de control de entradas y salidas a través de tarjetas. Se habÃa convertido en un motivo de fraude generalizado, según explicaron en su dÃa fuentes municipales. El funcionario sólo tenÃa que dejar la tarjeta a un compañero, para que éste fichara por él y asà salir cuando quisiera sin que Recursos Humanos pudiera descubrirlo.
En el lugar de trabajo del empleado ahora sancionado, el centro social número cinco, se produjo la sustitución del reloj de tarjeta por uno biométrico en mayo del 2007. El primer problema surgió cuando el trabajador se negó a la toma de datos, como de la fotografÃa, «a pesar de que dichos datos son necesarios y obligatorias como consecuencia de su relación laboral-administrativa con el Ayuntamiento», según recoge el expediente al que ha tenido acceso este diario.
Ante la posibilidad de que estos hechos fueran constitutivos de delito, Recursos Humanos incoó un expediente disciplinario. Se tomó declaración al empleado, asà como a la coordinadora del centro social y a un inspector de Personal, y tras una serie de trámites, la instructora formuló una propuesta de sanción.
El argumento del funcionario no es oponerse al control de entradas y salidas, sino al método utilizado, que afecta a las libertades individuales.
Entre los hechos probados que constan en el expediente destaca que el implicado «envÃa hojas de control de firmas para justificar su asistencia al trabajo, hojas que se han remitido siempre por fax», pero no siempre con la «inmediatez» que el sistema de control requiere.
Vistos los hechos, la responsable del expediente consideró que el funcionario ha cometido una falta grave tipificada como «las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo». El implicado presentó alegaciones a la propuesta inicial de sanción de cuatro meses sin empleo ni remuneración. Reiteró sus argumentos anteriores, que también afectaban al trámite seguido en la instrucción.
El fondo de la cuestión, la vulneración de derechos fundamentales como la intimidad personal y el honor, es rebatido por el Ayuntamiento a través de una sentencia del Tribunal Constitucional y otra del Tribunal Superior de Cantabria. Afirma que el TC ha reconocido la «intimidad corporal», pero «no se extiende a todo el cuerpo, pues la intimidad no es un concepto fÃsico, sino cultural». Es decir, según el expediente municipal, «en el cuerpo hay partes Ãntimas y partes no Ãntimas, y el derecho a la intimidad protege las primeras y no las segundas». Y para ello se invoca otra sentencia del Constitucional.
La instructora entiende que sà ha habido culpabilidad por parte del funcionario hasta el punto de afirmar que se ha producido una «contumacia (por el expedientado) en no utilizar el sistema». El Ayuntamiento asegura que la obtención de datos de los funcionarios está recogida en la Ley Orgánica d Protección de Datos de carácter personal.
Fuente: www.laverdad.es