03/07/08 - La protección de datos en las comunidades de propietarios

Jul 3rd, 2008 | Por carlos | categoria: LOPD

¿Incumple el presidente de la comunidad de propietarios la normativa sobre protección de datos personales al publicar un listado de propietarios morosos?

En primer lugar, conforme al artículo 2.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, «la presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado».

En este sentido, siempre que se proceda al tratamiento de datos personales, definidos por la Ley (artículo 3.a), como «cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables», que suponga la inclusión de dichos datos en un fichero, considerado por la propia norma (artículo 3.b) como «conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso», el fichero se encontrará sometido a la Ley, siendo obligada su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, conforme dispone el artículo 26.

Noticia completa: www.saforguia.com

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