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01/10/08 – ¿Se aplica la LOPD a los empresarios individuales o autónomos? ¿Y a las personas jurídicas? ¿Y a los datos de personas ya fallecidas?

Con carácter general, el objeto de la Ley está regulado en los artículos 1 y 2.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que expresamente establecen:

“Artículo 1. Objeto:

  • La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

Artículo 2. Ámbito de aplicación:

  • La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.”

Por ello, no le es de aplicación la Ley Orgánica 15/1999:

  • A los datos de personas jurídicas.
  • A los datos de las personas fallecidas.
    • No obstante, los familiares de la persona fallecida pueden instar la cancelación de los datos de ésta al responsable del fichero

Por el contrario, sí le es de aplicación:

  • A la grabación de datos de voz e imágenes, siempre que las mismas permitan la identificación de las personas que aparecen en dichas voces o imágenes y se hallen incorporadas a ficheros informáticos.

2 Comments

  1. jc says:

    y el 2.2 y 2.3 del RLOPD??

    Teniendo en cuenta que la primera pregunta del post es sobre autónomos, esperaba que diese su opinión al respecto

  2. SK says:

    Entonces a los autónomos se les aplica esto?
    Ha venido una empresa a casa informándonos de la LOPD y de sus sanciones…
    soy autónomo y des de que empezó la crisis no tengo beneficios, sólo nos faltaba tener que pagar a una empresa 40euros/mes… vamos si tengo que pagar esto por emitir cinco facturitas al año, sinceramente, acabo con la actividad YA… No grabo voz, no grabo imágenes,…
    Que alguien informe clara y concisamente si un autónomo debe y si es así de qué y cómo debe hacerlo.
    Gracias.

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