Una sentencia de la Audiencia Nacional ha reducido de 60.000 a 6.000 euros la multa impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a Europ-Assistance Servicios Integrales de Gestión por facilitar datos erróneos de un conductor referidos a una infracción de tráfico. Considera que se trata de una infracción leve y entre sus consideraciones incluye que “la excelencia de los procedimientos y métodos de actuación seguidos por dicha empresa actora para el desarrollo de su actividad, ha sido certificada por AENOR”.
Noticia completa: www.aenor.es
Resolución de la AGPD: www.agpd.es
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